MANUAL SOBRE ABORTO CON PASTILLAS

TODO LO QUE QUERÉS SABER SOBRE CÓMO HACERSE UN ABORTO CON PASTILLAS

AHORA PODÉS LEER, COMPARTIR Y CRITICAR LA INFORMACIÓN SOBRE ABORTO SEGURO DE LA LÍNEA: «ABORTO, MÁS INFORMACIÓN, MENOS RIESGOS»

Con esta publicación, de descarga gratuita por internet, la Editorial El Colectivo junto a Lesbianas y Feministas por la Descriminalización del Aborto ponemos a disposición de lxs lectorxs un material indispensable que busca hacer efectivo el derecho de todas las mujeres a estar informadas. Este libro condensa el orgullo de la auto-organización política lesbiana, feminista, popular, negra, mestiza, visible y pública que es la línea «Aborto: más información, menos riesgos». Activistas, militantes, familias, amigas, compañerxs, equipos de salud, movimientos sociales, el estado, alrededor del objetivo de compartir información, experiencia, conocimiento, sobre una práctica de las mujeres de todas las épocas: abortar.

El aborto como práctica contracultural se mantiene criminalizado para garantizar su invisibilidad política apuntalando así la fantasía de aborto cero. Sin embargo, en Argentina las mujeres abortamos alrededor de 500.000 veces al año. La autodeterminación de las mujeres populares inventó hace tres décadas una tecnología revolucionaria: el misoprostol como método eficaz y seguro para abortar fuera del hospital. Hoy, hasta la Organización Mundial de la Salud (OMS) reconoce que el uso libre de misoprostol baja los abortos inseguros en los países donde abortar es ilegal, y apoya la difusión de información.

Ningún país que cree en los valores de la democracia, la justicia social y la igualdad puede legítimamente impedir que las mujeres aborten, que se organicen para tener una vida digna, libre de violencia, y saludable según las creencias que ellas mismas han construido y el sistema de valores que se han dado.

La legalización del aborto es una deuda de la democracia, porque la prohibición es un resabio de la dictadura cívico-militar oligárquica y eclesiástica contra el pueblo: las mujeres que mueren, que van a la cárcel, que son torturadas por lxs médicxs, lxs juecxs y los curas son las mujeres del pueblo.

En este libro trabajamos para devolver a las mujeres populares lo que es suyo: el conocimiento acumulado durante décadas de persecución y las tecnologías de aborto seguro que ellas inventaron experimentando con su cuerpo, la información pública respaldada por la ciencia. También información sobre la experiencia reciente y las preguntas frecuentes de las 5.000 personas que llamaron a la línea durante este año.

Esperamos que este saber acumulado sea tenido en cuenta por lxs legisladorxs, para formular una ley que no expropie a las mujeres sus conocimientos ni criminalice las experiencias diversas. Cuando la legalización finalmente llegue…

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Tiempo Argentino

Fuerte respaldo del campo académico al cambio de la legislación

El Consejo Superior de la UBA se pronunció a favor del aborto legal


Publicado el 12 de Agosto de 2010


Se aprobó por 27 votos a favor, una abstención y uno en contra. Así se reconoció a las mujeres “como sujetos sociales, capaces de decidir si desean o no ser madres”. Y respaldó el tratamiento del proyecto en el Congreso.

Pese a de las recientes declaraciones del ministro de Salud Juan Manzur sobre su rechazo al aborto, el proyecto de ley que permite la interrupción voluntaria del embarazo sigue consiguiendo apoyos, ahora del campo académico, y está cada vez más cerca de ser tratado en el Congreso. Al respaldo del Consejo Superior de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires y de la decisión de la Universidad Nacional de Córdoba de llamar al debate, ayer el Consejo Superior de la UBA se pronunció a favor de un cambio en la legislación nacional y del derecho al aborto legal, seguro y gratuito.

El texto, presentado por los consejeros estudiantiles Leandro Altman e Ignacio Kostzer y aprobado por 27 votos a favor, uno en contra y una abstención, argumenta que los abortos son la primera causa de mortalidad materna y estima que el derecho a establecer las condiciones de la maternidad implica “reconocer a las mujeres como sujetos sociales, como ciudadanas y agentes morales capaces de decidir si desean o no ser madres, el número de hijos/as que desean tener y el espacio temporal entre los nacimientos”.

Altman dijo a Tiempo Argentino: “En el país se realizan 500 mil abortos al año y una mujer fallece cada dos días por esta causa. Es fundamental que la universidad pública intervenga en estos debates que involucran a toda la sociedad”. Si bien el apoyo no fue en particular para ninguno de los proyectos presentados en el Congreso, algunos de los 50 legisladores que pusieron su firma en la propuesta de la Campaña Nacional por el Derecho a un Aborto Legal, Seguro y Gratuito estimaron que este pronunciamiento es clave para su tratamiento. “Es muy importante porque le da un respaldo científico y permite un debate más franco, sin polarizaciones y con posiciones menos ultra”, explicó la diputada Cecilia Merchán, de Libres del Sur.

Merchán aseguró además que ya se consiguieron cinco firmas de legisladores de distintos bloques, para impulsar en las tres comisiones que tratan el proyecto –legislación penal, salud y familia– un plenario conjunto para los próximos meses. También el presidente de la comisión de legislación penal, Juan Carlos Vega, aseguró a este diario que hay voluntad de tratarlo en la comisión y que él personalmente apoya su discusión para el segundo semestre.

Link a la nota: http://tiempo.elargentino.com/notas/consejo-superior-de-uba-se-pronuncio-favor-del-aborto-legal

TIEMPO ARGENTINO - 24 DE JULIO DE 2010

Resultado de una encuesta de 1400 casos

Aborto: 6 de cada 10 personas no están de acuerdo con penalizar a la mujer

Publicado el 24 de Julio de 2010

Por Yésica De Santo ydesanto@tiempoargentino.net

En la Ciudad de Buenos Aires y en el área del Gran Buenos Aires el desacuerdo con el castigo alcanza al 70%. Y casi el 60% declaró que tienen el derecho de interrumpir el embarazo según sus convicciones y necesidades personales.

El 56,7% de los argentinos no está de acuerdo con que se penalice a una mujer que realizó un aborto. Así lo demostró una encuesta realizada por la consultora Ibarómetro, en todo el territorio nacional. La misma evaluó la opinión de los argentinos sobre este tema. El sondeo también dio a conocer que en el área metropolitana el desacuerdo llega al 70% de los entrevistados, mientras que en el interior, ese porcentaje alcanza un 49,9%.

El trabajo se denominó estudio general sobre problematizaciones sociales políticas y culturales del pueblo argentino. La muestra fue de 1400 personas de todo el país y las preguntas fueron automatizadas vía telefónica.

“Este trabajo marca de forma muy clara que la gente no está a favor de penalizar el aborto”, explicó a Tiempo Argentino Pablo López Fiorito, director de Ibarómetro. “El tema central que apareció es el acuerdo en que la mujer pueda decidir sobre su propio cuerpo”, agregó el consultor.

La encuesta realizada en el mes de marzo también reveló que el 58,5% de los consultados cree que las mujeres tienen el derecho de interrumpir su embarazo conforme a sus necesidades y convicciones personales, mientras que un 30% no lo cree así.

Cecilia Lipszyc, socióloga y miembro de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito destacó en diálogo con este diario que “los datos demuestran un avance social muy importante; la gente está tomando conciencia de que es un derecho de las mujeres y de las parejas interrumpir un embarazo.”

Por su parte, Emilio Inzaurraga, vicepresidente de la Acción Católica Argentina (ACA) explicó: “El tema del aborto merece mucho más que una encuesta para dar respuestas a un tema tan profundo. Estamos hablando del derecho humano más básico que es el de la vida. En una sociedad en la que hemos crecido respecto a los Derechos Humanos, es contradictorio que no se tenga en cuenta el valor de la vida del niño por nacer y sólo pensemos en la mamá como víctima o sujeto de derechos”, agregó Inzaurraga.

Para las organizaciones a favor de la despenalización del aborto, existen dos principios para que se apruebe: que todas las mujeres tengan acceso a las mismas condiciones sépticas de realizar un aborto, y el derecho de todas las personas a decidir sobre su propio cuerpo. “Hasta que no exista una legalización del aborto, las mujeres pobres, que son mayoría en nuestro país, van a tener que seguir recurriendo a abortos inseguros”, subrayó Lipszyc. “El aborto es una necesidad y como decía Evita: ‘donde hay una necesidad, hay un derecho’”, dijo la socióloga.

La encuesta se dio a conocer en medio del debate que comenzó a partir del anuncio del ministerio de Salud sobre La guía técnica para la atención de los abortos no punibles. Al respecto, desde la cartera sanitaria afirmaron ayer que la guía “está vigente y colgada en la página, pero no tiene rango de resolución”. El rango consta, básicamente, de la firma del ministro de Salud de la Nación, Juan Luis Manzur. Además, se informó que el texto “sigue siendo una recomendación desde el ministerio”.

La implementación de un protocolo de atención médica para los casos de aborto no punible es una exigencia de organismos internacionales.


Fuente: http://tiempo.elargentino.com/notas/aborto-6-de-cada-10-personas-no-estan-de-acuerdo-con-penalizar-mujer

Página 12 - 28 de junio de 2010

Sudáfrica, un paso por delante

Sancionada en 1997, la ley que hace legal el aborto hasta la semana 12 logró bajar los niveles de mortalidad materna por aborto inseguro hasta en un 91 por ciento. La ley contempla el acceso de las más jóvenes sin el consentimiento de sus padres.

Por Mariana Carbajal

“¿Sabías que en Sudáfrica las mujeres pueden abortar desde el primer trimestre sin ser criminalizadas por su decisión?” El dato se expandió en los últimos días como un virus imparable a través de un correo electrónico que llegó a infinidad de destinatarios. Con la simpática imagen de Zakumi, el leopardo de pelo verde, mascota del Mundial de Fútbol 2010, el e-mail permitió dar a conocer un aspecto poco difundido del país anfitrión. En Sudáfrica el aborto es legal desde 1997. A partir de entonces, el país redujo la mortalidad materna por aborto inseguro en un 91 por ciento, según un estudio publicado en el South African Medical Journal. Página/12 consultó a expertas del país africano para indagar sobre cómo fue el proceso que derivó en la reforma legal, cuáles han sido los obstáculos para su implementación y qué impacto tiene en la vida de las mujeres.

“Una de las razones por las cuales opté por proporcionar (servicios de aborto) es porque vi a las mujeres morir a causa de abortos clandestinos. Llegaban con ganchos colgando del cérvix y perdían el útero a consecuencia de una infección generalizada. Un caso que nunca olvidaré es el de una joven que se había disparado en el abdomen para librarse de un embarazo no deseado. Quiero hacer hincapié en el hecho de que estamos salvando vidas”, dice la sudafricana Elizabeth Serobe, partera profesional de la pequeña provincia de Gauteng, cuya capital es Johannesburgo. El testimonio de Serobe aparece en el sitio web de Ipas, una ONG que trabaja a nivel mundial –en países de Africa, Asia y América– para aumentar la capacidad de las mujeres de ejercer sus derechos sexuales y reproductivos y para disminuir la tasa de muertes y lesiones relacionadas con el aborto. Ipas Sudáfrica –su sede está en Johannesburgo– participó activamente en la defensa de la reforma que legalizó el aborto.

El correo electrónico que da cuenta de la ley sudafricana lleva la firma del grupo de Lesbianas y Feministas por la Descriminalización del Aborto, una ONG que gestiona en la Argentina la línea “Aborto: más información, menos riesgo” (15-6664-7070), desde donde se ofrece asesoramiento sobre el uso de la droga misoprostol para la interrupción de un embarazo no deseado. En momentos en que en la Cámara de Diputados de la Nación hay dos proyectos de ley que despenalizan y legalizan el aborto en el primer trimestre de gestación, y que podrían empezar a debatirse próximamente, es interesante conocer la situación en otros países.

La Ley de Decisión Voluntaria de Interrupción del Embarazo (Choice on Termination of Pregnancy, conocida por su sigla CTOP) fue sancionada en 1996 y entró en vigencia en febrero de 1997. Desde ese año, en 22 países se modificaron las leyes de aborto. En 17 naciones (8 de ellas africanas) y en ciudades de otras dos se redujeron las restricciones y en tres (Polonia, El Salvador y Nicaragua) se endurecieron, al punto que en los dos países centroamericanos ni siquiera está permitido cuando corre riesgo la vida de la mujer.

“La ley en Sudáfrica es muy progresista. Permite no sólo el aborto hasta la semana 12 de gestación y por un amplio conjunto de razones en el segundo semestre, sino que además contempla el acceso de las jóvenes sin el consentimiento de sus padres y autoriza a las parteras y enfermeras a llevarlo a cabo”, explicó a este diario Barbara Klugman, cientista social, activista por los derechos sexuales y reproductivos y cofundadora de Women Health Project de la Escuela de Salud Pública de la Universidad de Witwatersrand, en Johannesburgo.

El proceso que desembocó en la reforma legal fue “complejo y multifacético e involucró la participación de investigadores, activistas, grupos comunitarios, representantes políticos y líderes religiosos. Luego de que el apartheid fuera desmantelado, la elección de un nuevo gobierno sudafricano en 1994 formalizó el énfasis creciente del país en los derechos humanos y la igualdad”, señala el estudio “Aborto a nivel mundial. Una década de progreso desigual”, recientemente publicado por el Instituto Guttmacher, de Nueva York. Las militantes por los derechos de las mujeres hicieron hincapié en la atención de la salud reproductiva y en la autonomía personal, desde un enfoque de derechos. Fue el germen para la aprobación de la reforma. En 1994 más de 400 mujeres habían muerto como consecuencia de abortos inseguros, de acuerdo con una investigación del Medical Research Council of South Africa. Otro estudio concluyó que antes de que se reformara la legislación de aborto, las mujeres que llegaban a los hospitales públicos del país con cuadros de abortos incompletos constituían casi la mitad de casos de ginecología y obstetricia. “La difusión de estos resultados contribuyó a ampliar la conciencia del público acerca de las consecuencias negativas del aborto inseguro para las mujeres y sus familias”, comenta la investigación.

En 2004 se aprobó una enmienda a la CTOP, que mejoró la ley y apuntó a garantizar una amplia disponibilidad de los servicios de interrupción del embarazo, que todavía no llegaban a las zonas rurales: la normativa autorizó a las provincias, a través de sus consejos ejecutivos de Salud, en lugar del Ministerio de Salud nacional, para designar establecimientos donde se proporcionaran servicios de aborto; permitió que enfermeras diplomadas y adecuadamente capacitadas practicaran los procedimientos en el primer trimestre de gestación; y tipificó como delito la práctica de una interrupción de embarazo en un establecimiento no autorizado.

Pero sectores fundamentalistas, opositores a la ley, alzaron su voz: en 2005, el capítulo Sudafricano del grupo internacional antiaborto Médicos por la Vida, cuestionó la Enmienda y llevó el tema ante el Tribunal Constitucional. Argumentaron que el Parlamento no había cumplido con su obligación constitucional de facilitar la consulta pública. En realidad, más que a la Enmienda, las objeciones estaban dirigidas a la ley original. En agosto de 2006, el tribunal les dio la razón y ordenó que se hicieran audiencias públicas. El 17 de enero de 2008, una abrumadora mayoría del Parlamento nacional aprobó la Ley de Enmienda de la CTOP, después de abrir la discusión en una serie de audiencias públicas llevadas a cabo por ambas cámaras: 266 parlamentarios votaron a favor del proyecto, 52 en contra y 12 se abstuvieron.

Actualmente, Ipas es la única ONG en el país centrada exclusivamente en la atención del aborto. Además, los hospitales públicos brindan el servicio, pero todavía persisten trabas en muchos de ellos, promovidas por jefes o personal médico que se oponen al aborto. De los 253 centros de salud designados para brindar el servicio, sólo entre el 15 y 25 por ciento lo están ofreciendo, señaló a Página/12 Karen Trueman, directora de Ipas Sudáfrica.

En el primer año de vigencia de la ley se realizaron 26.401 abortos; en 2009, 77.821, una cifra que oscila anualmente desde hace varios años entre 70 mil y 80 mil intervenciones en centros de salud autorizados, precisó Trueman.

“La ley ha tenido un gran impacto sobre la mortalidad materna, pero al mismo tiempo todavía hay abortos clandestinos tanto por el estigma que aún pesa sobre las mujeres que se realizan un aborto y las enfermeras que los practican como por el hecho de que los servicios disponibles no son suficientes”, señaló a este diario Klugman, quien durante cuatro años fue la responsable del programa de sexualidad de la Fundación Ford en Nueva York y hace casi un año está de regreso en Sudáfrica. Trueman coincide: “Las mujeres pobres y jóvenes están todavía en situación vulnerable y tienen que recurrir a proveedores ilegales y a abortos inseguros”, comentó. Investigaciones indican que se producen dos abortos inseguros por cada aborto seguro realizado. Con las limitaciones que persisten en la implementación de la reforma legal, de todas formas, el impacto en la salud de las mujeres ha sido enorme: la mortalidad por aborto inseguro se redujo en Sudáfrica en un 91 por ciento entre 1998 y 2001, lo que demuestra que ha resultado muy exitosa en la promoción de la salud de las mujeres y sus derechos, concluyeron en un estudio publicado en el Sudafrica Medical Journal (95 (4):250. 2005) las investigadoras Raquel Jewkes, del Medical Research Council, de Pretoria, y Helen Rees, del departamento de Ginecología y Obstetricia del Hospital Baragwanath, de Johannesburgo.


Fuente: http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-148421-2010-06-28.html

Diario La Unión - Lomas de Zamora

Por un proyecto que contemple la salud de las mujeres

Miembros de las comisiones de Salud y de Legislación y Peticiones discutieron sobre la aplicación del protocolo de aborto no punible y los casos de violencia doméstica. Miembros de las comisiones de Salud y de Legislación y Peticiones del Concejo Deliberante de Esteban Echeverría se reunieron ayer para debatir sobre un proyecto impulsado por la agrupación Libres del Sur. Los puntos a tratar fueron el aborto no punible, la violencia doméstica y la difusión masiva de la línea “Más información, menos riesgo”, destinada al asesoramiento de mujeres en cuestiones de salud reproductiva.

Una de las propuestas de la agrupación está referida a la violencia ejercida contra la mujer por el sistema de salud. El proyecto -que fue girado a la Secretaría de Salud- consiste en detectar los casos en donde la mujer haya sufrido actitudes violentas. Para visualizar cada situación proponen entregar una planilla con preguntas sencillas que respondan las mujeres. De esa manera, las organizaciones y las autoridades municipales contarían con un mapeo de las principales causas y tipos de violencia producido en el ámbito.

La coordinadora de Libres del Sur en Esteban Echeverría y concejala, Grisel Tarsia, resaltó que “el propósito de la iniciativa pretende involucrar a los centros de salud para generar una estadística y trabajar en conjunto” para generar así un mayor interés sobre la concreción de medidas preventivas.

Otro de los puntos del proyecto incluye el pedido de implementación del protocolo del aborto no punible en Esteban Echeverría, ya que actualmente el ejercicio de la práctica en forma clandestina genera la muerte de cientos de mujeres, además de la judicialización de los casos. Por esta cuestión se labró un despacho por unanimidad, para que la propuesta sea aprobada.

El tercer punto tratado en esta reunión consistió en la posibilidad de masificar la difusión de la línea “Más información, menos riesgo”. Se trata de un teléfono celular que funciona desde hace un año y medio, durante las 24 horas, e intenta responder a las preguntas frecuentes de mujeres que consultan sobre cuestiones de aborto y sexualidad responsable. El número es 1566647070.

Tarsia hizo hincapié sobre la idea de que “se trata de una línea que no pretende justificar el aborto e incentivar a estas prácticas, sino que intenta dar información bajo el criterio de la reducción de riesgo en cuestión de abortos y salud reproductiva”. Actualmente la línea asesora y recoge estadísticas sobre las principales consultas y el grado de información que tienen sobre el servicio.

Por otra parte, el proyecto impulsado por Libres del Sur propone rever cómo se está llevando adelante la Ley Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable en los hospitales de la zona, sobre todo enfatiza sobre la distribución de anticonceptivos. Para esto, la agrupación solicitará un informe a la Secretaría de Salud de ese distrito.

Por otra parte, el concejal del bloque vecinalista Pablo Losada, afirmó que este tema se tratará el martes de la semana que viene en sesión, junto al otro tema de importancia por estos días: el aumento de las tasas municipales en un 24 por ciento.

Fuente: http://www.launion.com.ar/index.php?option=com_content&view=article&id=2188:por-un-proyecto-que-contemple-la-salud-de-las-mujeres&catid=54:politica-regional&Itemid=136&lang=es

LyFDA

Segunda jornada Seminario "Sobre mi cuerpo decido YO!"

Se realizó en el Distrito Centro de la ciudad de Rosario la segunda jornada del Seminario "Sobre mi cuerpo decido YO!, organizado por el Colectivo de Mujeres Las Juanas, Movimiento JUANA AZURDUY contando con la adhesión del CEIM Centro de Estudios Interdisciplinarios sobre las Mujeres, Maestría El poder y la sociedad desde la problemática de Género de la Fac. de Humanidades y Artes de la Univerdidad Nacional de Rosario.

En esta oportunidad fueron disertantes Daniel Teppaz, Tocoginecólogo, Director de Maternidad e Infancia del Ministerio de Salud de la Prov. de Santa Fe, Verónica y Paloma realizando un informe sobre la experiencia de la Línea Aborto: Más información , Menos riesgos. Coordinó el panel que tenía como eje ¿De qué hablamos cuando hablamos de Aborto?, Paola Bozzini.

El tema de la próxima jornada a realizarse el 30 de junio será "Legalización del Derecho a Decidir" donde contaremos con la participación de Débora Ferrandini, Secretaria de Salud del Ministerio de Salud de la Prov. de Santa Fe y Silvia Augsburguer ex diputada nacional, primera firmante del proyecto de Ley de despenalización del aborto en la Argentina.

"Los Derechos de las Mujeres son Derechos Humanos"

 

MISOPROSTOL

LAS 12

VIERNES, 4 DE JUNIO DE 2010


Salud reproductiva
Uruguay avanza: El misoprostol, presente en las politicas sanitarias

En Uruguay la tasa de mortalidad por abortos inseguros bajó rotundamente desde que el Estado decidió brindar información sobre el uso del misoprostol, así como atención especializada antes y después de su uso. Los doctores Rodolfo Gómez Ponce, Hugo Rodríguez Almada y Rafael Sanseviero explican cómo se está llevando a cabo esta experiencia en el país vecino.

Por Clarisa Ercolano

Según médicos uruguayos, el misoprostol, un abortivo autogestivo, barato y eficiente, “es una revolución tecnológica que baja las complicaciones y muertes por aborto en todo el mundo, porque permite que las mujeres puedan hacerse en sus casas por sí mismas un aborto seguro durante el primer trimestre del embarazo”.

En Uruguay, la tasa de mortalidad y complicaciones causadas por abortos inseguros bajó prácticamente a cero en 2 años a partir de que el Poder Ejecutivo escaló a nivel nacional una política sanitaria implementada en el Hospital Pereyra Rossel de Montevideo: brindar atención de calidad e información sobre misoprostol a las mujeres antes del aborto y atención durante y después. De esta manera se logró además erradicar las clínicas clandestinas de aborto y métodos caseros inseguros. A pedido de los diputados Horacio Alcuaz (GEN), Liliana Parada (Movimiento Proyecto Sur), Vilma Ibarra (Nuevo Encuentro) y Victoria Donda y Cecilia Merchán (Libres del Sur), el presidente de la Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados convocó a una reunión informativa sobre justicia social, mortalidad materna y aborto con misoprostol basada en la experiencia del hermano país.
La Comisión de Legislación Penal es el que tiene el puntapié inicial del trámite parlamentario sobre los proyectos para legalizar el aborto: antes de poder ser tratados por otras comisiones y por la Cámara en pleno, deberá contar con un dictamen favorable de legislación penal. Por ese motivo, los expertos internacionales Rodolfo Gómez Ponce de León (médico ginecólogo, doctor en Medicina y master en Salud Materno-Infantil), Hugo Rodríguez Almada (médico especialista en medicina legal, profesor de la Facultad de Medicina de la Universidad de la República, Uruguay, ex miembro de Iniciativas Sanitarias contra el Aborto Provocado en Condiciones de Riesgo) y Rafael Sanseviero (investigador, ex diputado nacional del Uruguay, ex coordinador de programas médicos de reducción de riesgos y daños por aborto inseguro, integrante de la Red Uruguaya de Autonomías - RUDA) mantuvieron un diálogo con Las 12 y explicaron la experiencia oriental.

¿Cómo logró Uruguay bajar casi a cero la mortalidad causada por abortos inseguros?

–Es parte de un proceso. Quienes investigamos las causas sociales inmediatas de la muerte por sepsis post-aborto de algunas de las mujeres que fallecieron, encontramos en todos los casos los mismos episodios de violencias, soledades y abusos que caracterizan las trayectorias de otros miles de mujeres que abortan y sin embargo no mueren. Un rasgo común hasta 2001 a todas las situaciones de ese tipo, sea que derivaran en muertes o problemas graves de salud, o quedaran como una inscripción dolorosa en la experiencia vital de las mujeres, era el alto nivel de violencia institucional hacia las mujeres en situación de aborto que se desplegaba desde la agencia de la medicina (estigmatización, cultura institucional de rechazo, atención basada en el maltrato y la culpabilización y/o prescindencia del médico tratante, por resumir apretadamente tres niveles clave). El gran cambio que se produjo a partir de 2001 fue que a la sociedad civil y a los actores políticos que demandaban una revisión legal (despenalizar el aborto) se sumó formalmente el discurso de conjunto de agencias clave de la medicina (Facultad de Medicina, Sindicato Médico, Sociedad Ginecotológica). En conjunto formularon una propuesta asistencial que legitimó a la mujer que había abortado o necesitaba hacerlo. Eso se plasmó en una Ordenanza del Ministerio de Salud Pública (en 2004) y luego en una Ley Nacional (en 2008) que establece la obligación de brindar atención e informar sobre los métodos menos inseguros para practicarse un aborto. Explícitamente se menciona el misoprostol entre los métodos “seguros” sobre los que debe informarse, y también explícitamente se prohíbe prescribirlo y, más aún, administrarlo.

Las preguntas inmediatas son: ¿se cumple esa ley? ¿Influye de alguna manera en la práctica concreta del aborto? ¿Se puede atribuir a estas normas una incidencia directa en la no ocurrencia de muertes por esa causa?

–A la primera y tercera preguntas diría que no: la consulta de asesoramiento no se cumple en la mayoría de los centros de atención del país y, de acuerdo con diferentes investigaciones, el conocimiento que tienen las mujeres que concurren a los centros de atención de salud sobre la existencia de esos servicios es prácticamente inexistente. No lo conocen ni utilizan, salvo en una proporción mínima. Los promotores y animadores de esa propuesta (Iniciativas Sanitarias) informan sobre la existencia de alrededor de 2 mil consultas anuales, lo cual representaría alrededor de 6 por ciento de las mujeres que abortarían anualmente, en caso de mantenerse los valores estimados por nosotros para el año 2000 (33 mil). Sin embargo, hay evidencia de la importancia que ha tenido este conjunto de normas sanitarias, y especialmente los discursos que las fundamentaron, en la generación de un escenario público y privado más amigable y habilitante para la gestión de los abortos por parte de las propias mujeres. Hay evidencia (surgida de la investigación) del efecto multiplicador que tienen las redes femeninas (informales e inestables) donde circula la información sobre cómo abortar, tomando como base los discursos públicos que tienen como centro el misoprostol, ya sea para legitimarlo o para informar sobre el modo de su uso. Es muy frecuente que cada mujer que concurre a un centro de atención de salud sea replicadora de una experiencia exitosa (en caso de haberla tenido).

Sabemos que el miedo a veces es el mayor escollo. ¿Puede usarse el misoprostol sin asesoría médica?

–Las mujeres lo usan sin asesoría médica directa y obtienen buenos resultados. ¿Es esto lo ideal? Supongo que no. Pero el problema hoy por hoy no es la falta de asesoría que se puede obtener entre pares, de Internet, de líneas telefónicas como las que hay en la Argentina o, en el caso óptimo, en los servicios adecuados en los centros de salud; el problema es el acceso en forma oportuna. Y ésta es la gran limitación que se mantiene en Uruguay, ya que los servicios de salud, aun los más comprometidos con este tema, mantienen una conducta estrictamente apegada a la letra de la norma: no prescriben, ni mucho menos recetan, algunas veces informan acerca de dónde puede obtenerse el fármaco (en circuitos marginales) y no pocas veces han denunciado a las y los proveedores de esos circuitos... Por eso hablamos de un proceso, tampoco es que tengamos nada totalmente resuelto.

¿Hay alguna idea de poner, sin intermediarios, esa información al alcance de las mujeres que la necesitan?

–Conozco algunas prácticas de grupos muy informales, pero eficientes... naturalmente con alcances limitados y un margen de riesgo para quienes lo integran bastante desproporcionado a los resultados. No conozco otras iniciativas de mayor proyección. Es una lástima, porque el nivel de legitimidad que adquirió este asunto habilitaría ser más audaces. Creo que nos juega en contra ser una sociedad muy amortiguadora de los conflictos... Obvio que siempre sobre el pellejo de quien tiene menos poder; en este caso, la mujer en situación de aborto.

¿Qué pasa con la venta clandestina, por ejemplo por Internet? ¿Qué riesgos existen?

–Supongo que el riesgo de estafa es el más importante. Que conlleva un riesgo de salud, para el caso de que el fármaco estuviera adulterado... No conozco casos y creo que no son muy probables, ya que la Internet constituye esencialmente un sistema de confianzas mutuas que, si se rompe, rápidamente se producen los efectos de castigo. En cualquier caso, el aborto clandestino siempre es una situación de riesgo para la mujer, y las mujeres administran esos riesgos, que están en conflicto con el otro gran riesgo... ser madres forzadas, si no pueden abortar.

¿Cómo se encuadra el uso de misoprostol dentro la legislación uruguaya?

–Es un medicamento cuyo uso está limitado. A nivel intrahospitalario para uso obstétrico, hay un protocolo muy exigente de responsabilidades funcionales. A nivel comunitario, sólo se puede entregar con receta. Pero se consigue y funciona.

DE ESTE LADO DEL CHARCO

Además de la puesta en conjunto de las experiencias uruguayas, el grupo de Lesbianas y Feministas por la Descriminalización del Aborto de la Argentina, por intermedio de la vocera Verónica Marzano, recordó que las claves para que sea seguro el uso de misoprostol en casa para abortar son: 1) Que sólo es seguro para un aborto fuera del hospital durante el primer trimestre de embarazo; luego, la mujer debe estar internada para que el aborto sea seguro. 2) Que tenga acceso a tiempo al medicamento. “Las restricciones para el acceso al medicamento en la Argentina pasan por su alto precio y su no disponibilidad en los programas estatales de medicamentos gratuitos. Si una mujer quiere abortar desde la semana 9 de embarazo en adelante, cada semana que pasa aumentan los riesgos para su salud. Mejorar el acceso al misoprostol para que las mujeres accedamos a tiempo es una gran deuda en la política pública de acceso a la salud de las mujeres.” En cuanto a la atención post-aborto, se recomienda una consulta médica simple para confirmar que todo esté bien, y que haya amplia disponibilidad de servicios de urgencia por si se presentan complicaciones.

“Es indispensable implementar el enfoque de derechos humanos en la atención de salud de las mujeres, dar una respuesta de salud adecuada al hecho de que las mujeres abortamos de manera clandestina por lo menos dos veces a lo largo de nuestra vida. Esta es al principal conclusión de una encuesta respondida desde febrero hasta abril de este año por 291 médicas/os de atención primaria de la salud de 19 provincias. A partir de esto se creó la Red Contra el Aborto Inseguro en la Argentina, que trabaja para garantizar la confidencialidad de la consulta médica y la calidad de la atención, pero también y fundamentalmente para que la consulta por aborto sea oportuna”, remarcó Marzano a este medio y subrayó que, en varios sectores de atención pública, la confidencialidad no existe y que, por lo tanto, “afecta principal y desproporcionadamente a las mujeres indigentes y pobres”. Sin embargo, en la región, alrededor del 90 por ciento de las denuncias contra mujeres que abortan de manera ilegal son hechas por médicos de hospitales públicos que violan el secreto profesional.

DATOS NECESARIOS

La línea Aborto, más información, menos riesgos (011 15 66 64 7070), brinda información de fuentes médicas, legales y sociales trabajada desde el enfoque de derechos humanos y la educación entre pares.

Según la OMS, la Flasog y autoridades de salud de la Argentina, el misoprostol previene la mortalidad y las complicaciones por abortos ilegales inseguros. La receta o indicación médica de un medicamento depende del diagnóstico en el caso concreto, y es siempre legal si hay evidencia científica válida y experiencia práctica que avale la indicación. Con el misoprostol, la que hace el aborto es la mujer. Las acciones anteriores de informar y recetar para evitar los riesgos del acceso tardío, y de atender desde que el aborto ya está en curso y/o después, son legales y parten de la responsabilidad médica por la prevención del aborto inseguro. En la Argentina, el marco legal vigente permite a l@s médic@s incorporar ampliamente al misoprostol en múltiples intervenciones de bajo costo, respetuosas del Código Penal y la Constitución de la Nación, para cumplir las obligaciones éticas, técnicas y legales de garantizar acceso confidencial a métodos de aborto seguro, sin discriminación.

El misoprostol se vende bajo receta archivada, manuscrita y fechada por el/la médic@. No se necesitan duplicados, ni formularios especiales. Con la receta, la farmacia está obligada a vender el misoprostol; las mujeres acceden a descuentos de entre un 20 y un 70 por ciento por obra social y/o recetario solidario.

El misoprostol no integra el programa Remediar, ni el de salud sexual y reproductiva, lo que permitiría a las mujeres acceder de manera gratuita en seis mil consultorios de atención primaria de la salud de todo el país. Los prospectos y la Anmat sólo dan guías de referencia sobre usos aprobados, pero no prohíben otras indicaciones dentro de las reglas técnicas y éticas de la medicina; a esto se lo llama “indicación legítima” de un medicamento, y es legal.

Tiempo Argentino - Viernes 4 de junio de 2010

LIMA, NUEVA LÍNEA DE ATENCIÓN PARA LAS MUJERES PERUANAS

Línea telefónica que brinda información científica y gratuita sobre Aborto es lanzada en Lima


Hoy, después de un mes de funcionamiento, se lanza oficialmente en Lima, la Línea Aborto Información Segura.

La Línea de Aborto Información Segura es llevada a cabo por la Colectiva por la Libre Información para las Mujeres – CLIM, y ha comenzado a dar información a las mujeres el miércoles 21 de abril del presente año, sobre el uso del medicamento Misoprostol para la interrumpción de embarazos.


(01) 94541-1951 es el número telefónico, al que cualquier mujer puede llamar para recibir información sobre el procedimiento de interrupción de embarazo con medicamentos. La información que se brinda está de acuerdo al protocolo de atención de la Organización Mundial de la Salud, la cual asegura su efectividad y seguridad.


El objetivo de la línea no es ayudar a las mujeres en la decisión de abortar porque es algo estrictamente personal e íntimo. Su objetivo es proveer información gratuita y científica a aquellas mujeres que, de acuerdo a sus convicciones y situaciones personales, han tomado por sí mismas una decisión en relación a su vida, su salud sexual y reproductiva.

A través de la página web http://lineabortoinfosegura.blogspot.com/, se accede a información sobre el procedimiento, además la organización presenta su posición política sobre el aborto en Perú. De este modo la línea de Aborto Información Segura se suma a la lucha por el aborto legal en el Perú.

La apertura de esta línea telefónica es parte de iniciativas parecidas en Latinoamérica. En los dos últimos años, se han abierto líneas con igual propósito en Ecuador, Chile y Argentina, todas ellas con el respaldo de la Organización holandesa Women On Waves (Mujeres sobre las Olas), quienes tienen una posición clara a favor del aborto libre y seguro.




Fuente: http://lineabortoinfosegura.blogspot.com/

Más información: http://lineabortoinfosegura.blogspot.com/ y aborto.informacion@gmail.com

LyFDA en Lima

LANZAMIENTO LÍNEA "ABORTO INFORMACIÓN SEGURA" EN PERÚ:





PROFESIONALES DE LA SALUD Y ACTIVISTAS DIFUNDEN EL USO DEL MISOPROSTOL

EN RED CONTRA EL ABORTO INSEGURO

Un seminario sobre interrupción del embarazo con medicamentos congregó a varios cientos de médicos. Expertos de otros países explicaron la necesidad de promover su uso para bajar la mortalidad materna. El caso de Uruguay.

Por Mariana Carbajal

Viernes, 23 de abril de 2010.- Medio millar de profesionales de la salud, la mayoría médicos generalistas, se anotaron para participar de un seminario sobre aborto con medicamentos, pero más de la mitad se quedó sin lugar porque la avalancha de inscriptos superó ampliamente la expectativa de los organizadores. El encuentro tuvo lugar en el auditorio del Centro Cultural de la Cooperación, cuya capacidad fue colmada por el gran interés que despertó la convocatoria. Durante la jornada se anunció la conformación de una red contra el aborto inseguro que promoverá, entre otras acciones, la difusión de información sobre el uso del misoprostol, un fármaco que se puede adquirir en las farmacias con receta y con el cual las mujeres pueden interrumpir voluntariamente un embarazo en sus casas durante las primeras 12 semanas de gestación, sin la presencia de un médico, en forma segura, según destacaron los expositores.

“Brindar información y recetar el misoprostol no es delito en la Argentina. Hoy si una mujer está en condiciones de usar misoprostol para abortar de manera segura es antiético, abusivo y puede ser delictivo abandonarla y exponerla a un aborto de alto riesgo, por ejemplo con una sonda o sin internación en el segundo trimestre de embarazo”, enfatizó la abogada Luciana Sánchez, integrante Lesbianas y Feministas por la Descriminalización del Aborto, una de las organizadoras del seminario junto con la Asociación Metropolitana de Generalistas y Equipos de Salud (AMeGES), la Cátedra Libre de Salud y Derechos Humanos de la Facultad de Medicina de la UBA y Médicos del Mundo.

El misoprostol se vende bajo receta archivada en la Argentina, pero a las mujeres que lo requieren para un aborto muchas veces les cuesta conseguir que un médico se los recete. “Con la receta la farmacia está obligada a vender el misoprostol. Las mujeres acceden a descuentos entre un 20 por ciento y un 70 por ciento por obra social”, señaló Sánchez. A veces las consiguen a través de Internet o por fuera de las farmacias, en el mercado negro, pero a un sobreprecio que puede llegar a quintuplicar el de las farmacias, se dijo durante el seminario “Aborto con misoprostol en atención primaria de la salud”.

“En el primer trimestre de embarazo abortar con misoprostol es seguro y menos costoso”, indicó el médico ginecólogo pampeano Fernando Giayetto, asesor de la línea “Aborto: más información, menos riesgo”, que brinda información a través del teléfono (011) 15 66 64 7070 sobre el uso del fármaco (ver aparte). “Es clave que si la mujer decidió abortar acceda al misoprostol a tiempo, con una receta. No acceder a una receta de misoprostol a tiempo agrava los riesgos de la clandestinidad”, observó Sánchez.

El objetivo del encuentro fue informar a integrantes de equipos de salud y estudiantes de Medicina y otras carreras afines sobre el aborto con medicamentos, el marco legal para informar sobre el misoprostol y recetarlo para que lo usen por su cuenta las mujeres, y sobre la experiencia uruguaya con esa nueva tecnología.

La interrupción voluntaria de un embarazo con fármacos se está expandiendo en Latinoamérica, en contextos legales restrictivos para acceder al aborto, como el argentino. “Entre 80 y 100 mujeres de clases populares morirán este año por no haber accedido a tiempo a información y a una receta de misoprostol para abortar de manera segura”, apuntó Sánchez. Por esa razón, instó a las y los médicos presentes a recetar el fármaco –utilizado habitualmente para úlceras gástricas– para evitar complicaciones por abortos realizados con métodos inseguros, principal causa de mortalidad materna en el país.

En Uruguay es un derecho de las pacientes recibir información sobre métodos seguros para abortar, entre ellos el uso del misoprostol, cuando enfrentan un embarazo no deseado. La consejería pre y post aborto está contemplada en la Ley Nacional de Salud Sexual y Reproductiva aprobada a fin de 2008 por el Parlamento. Desde hace dos años en Uruguay no se registran muertes por abortos inseguros, destacó durante el seminario Hugo Rodríguez Almada, médico legista y profesor de la Facultad de Medicina de la Universidad de la República, en el país vecino. El ginecólogo tucumano Rodolfo Gómez Ponce de León, consultor de la Federación Latinoamericana de Sociedades de Ginecología y Obstetricia, señaló que el misoprostol está incluido en el listado de drogas esenciales de la Organización Mundial de la Salud. “El misoprostol favorece la libertad de decisión de las mujeres frente a un embarazo no deseado. El aborto siempre se presenta como una necesidad imperiosa, imprevista, que surge de un campo de la actividad humana incontrolable como es la sexualidad”, consideró Rafael Sanseviero, investigador, ex diputado nacional del Frente Amplio, ex coordinador de programas médicos de reducción de riesgos y daños por aborto inseguro en Uruguay. “En la medida que el aborto causa pérdida de salud y vida, el Estado tiene la obligación de proveer los recursos que las leyes no prohíben para garantizar una vida saludable. Y en ese marco, los médicos deben informar y recetar el misoprostol”, consideró Sandeviero.

La mayoría de los participantes del seminario fueron integrantes de equipos de salud, principalmente médicos generalistas, pero también enfermeras, trabajadores sociales y psicólogos. “Se anotaron casi quinientas personas, pero alrededor de trescientas no pudieron estar por falta de cupo en el salón del Centro Cultural de la Cooperación. Hubo cuarenta que vinieron igual y les tuvimos que decir que se fueran porque no había lugar”, señaló Fabián Portnoy, uno de los expositores, miembro de la Comisión Salud Sexual y Reproductiva de AmeGES, docente y investigador de la Escuela de Salud Pública de la UBA y del Centro de Estudios de Estado y Sociedad (Cedes). En la jornada se anunció el lanzamiento de una red de profesionales de la salud y activistas que trabajarán contra el aborto inseguro, en la difusión del uso del misoprostol y en la promoción del debate legislativo por la despenalización y legalización de la interrupción voluntaria del embarazo.



SE DEBATIÓ EL USO DEL MISOPROSTOL

SE DEBATIÓ EN EL CONGRESO EL USO DEL MISOPROSTOL PARA EL ABORTO
La diputada nacional Cecilia Merchán convocó a expertos en el tema para conocer los efectos del uso de misoprostol en el aborto.

Más de cincuenta representantes de organizaciones femeninas siguieron ayer atentamente las palabras de los tres profesionales que expusieron, en la sala José Luis Cabezas del Congreso de la Nación, las virtudes del uso del fármaco misoprostol para la interrupción voluntaria del embarazo. Antes, explicaron el tema en la Comisión de Legislación penal, a pedido de las diputadas y diputados Victoria Donda (Libres del Sur), Horacio Alcuaz (GEN), Liliana Parada (Movimiento Proyecto Sur), Vilma Ibarra (Nuevo Encuentro) y Juan Carlos Vega (Coalición Cívica). Esta Comisión tiene el puntapié inicial del trámite parlamentario sobre los proyectos para legalizar el aborto.

Abrió la charla el Dr. Rodolfo Gómez Ponce de León, tucumano, médico ginecólogo y miembro de FLASOG (Federación Latinoamericana de Sociedades de Ginecología y Obstetricia) y FIGO (Federación Internacional de Sociedades de Ginecología y Obstetricia), quien explicó con lujo de detalles las consecuencias de la implementación del misoprostol en las políticas públicas de salud. Mostrando gráficos comparativos del antes y después de la implementación en diferentes países (Guatemala, Brasil, países de Africa) se pudo ver cómo la cantidad de muertes por aborto inseguro bajaba exponencialmente en proporción al uso del misoprostol.

Luego fue el turno del profesor Hugo Rodríguez Almada, médico especialista en medicina legal en el Uruguay. A través de un reciente estudio universitario en el país vecino, el profesor Rodríguez Almada explicó cómo el negocio ilegal que gira alrededor del aborto clandestino se vio detenido gracias al misoprostol. Asimismo, demostró el enorme ahorro que le significa al Estado este fármaco en términos de políticas públicas de salud.

Finalmente habló Fernando Giayetto, médico pampeano, ginecólogo y colaborador de la línea aborto “más información, menos riesgos”, habló de cómo él fue realizando un proceso interno de concientización sobre el tema aborto. Antes, no opinaba sobre la cuestión. Hoy, se encarga de difundir entre los médicos y médicas, ginecólogos y ginecólogas, la importancia del uso del misoprostol, ya que entiende que la ignorancia de ellos acerca de cómo acompañar correctamente a las mujeres deriva en una violación de sus derechos.

Agradeciendo la invitación, los ponentes se despidieron entre los cálidos aplausos de los y las concurrentes.

Antecedentes

Este año la diputada Merchán convocó a un espacio abierto en el Congreso donde los asesores de los diputados y diputadas y organizaciones sociales debaten y llevan adelante acciones vinculadas con la legalización de la interrupción voluntaria del embarazo. Entre las organizaciones sociales participan la Secretaría de género ATE-Congreso, Lesbianas y Feministas por la descriminalización del aborto, Enredadas por el derecho a decidir, Conurbanas, de boca en boca, Género y diversidad Proyecto Sur, Movimiento de mujeres Juana Azurduy, Género Libres del sur, y la Campaña nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito.

FOTO: www.libresdelsur.org.ar

VIOLENCIA MÉDICA

Iniciativa del Bloque Libres del Sur
Se aprobó el Protocolo de Detección de Violencia Contra la Mujer en la Consulta Médica

En la sesión de este jueves la Cámara de Diputados de la Provincia aprobó el proyecto de ley de autoría del diputado Carlos Martínez, que establece en el territorio de la Provincia del Chaco el "Protocolo de Detección Sistemática de Situaciones de Violencia contra la Mujer en la Consulta Médica", para su implementación por parte de las instituciones públicas y privadas de la Salud en consultas o entrevistas profesionales.

El objeto de dicha iniciativa es detectar de manera precoz los casos de violencia de género, facilitar la intervención temprana y recolectar información estadística vinculada a la violencia contra la mujer en todas sus formas. “El estado tiene la obligación de intervenir activamente en la disminución de los casos de violencia contra la mujer” fundamentó Martínez, “en ese sentido entendemos que es necesario incorporar la perspectiva de género en los distintos ámbitos de la administración pública y generar acciones tendientes a abordar esta temática”.

Martínez enmarcó este proyecto en la Agenda por los Derechos de la mujer que se viene impulsando desde el Bloque Libres del sur y expresó que “se ha dicho que queda poco por agregar a la normativa vigente especialmente luego del marco que establece la ley nacional 26.485 en lo que hace a la problemática de la violencia contra la mujer, a sus tipologías y modalidades, y a la responsabilidad del estado, pero si no reglamentamos esta ley estamos creando una condición abstracta y ninguna medida concreta”.

El proyecto se fundamenta en la necesidad de“unificar y sistematizar la actuación del personal de salud ante signos de violencia, facilitar las herramientas en términos de capacitación y recursos, especialmente considerando el papel que juegan las y los profesionales de este sector ya que de ellos depende la elaboración de informes que demuestren el carácter y la frecuencia de los episodios violentos” explicó Martínez. El legislador recordó un caso resonante ocurrido en el hace pocas semanas en el barrio Mariano Moreno, “la víctima, una mujer que fue asesinada por su ex pareja, era golpeada por esta persona, como atestiguaban compañeros de trabajo” recordó, “desde el punto de vista del abordaje médico, el golpe era nada más que eso, no aparecía como producto de la violencia de género; yo me pregunto si esa persona hubiese tenido la oportunidad de ser sujeto de derecho en un estado responsable, tal vez estaría viva, si se le hubiese dado el acompañamiento para enfrentar el problema”.

Martínez destacó también la necesidad de articular la cooperación entre las instituciones, “estamos hablando de un fenómeno complejo, que no es estrictamente sanitario sino un problema social que repercute en la salud” afirmó, “pero es innegable que los profesionales de la salud se encuentran en una posición privilegiada y estratégica para detectar estos hechos, detección que, sin embargo, es difícil si no se cuentan con las herramientas adecuadas ya que la mujer no suele estar dispuesta a hablar abiertamente de su situación de abuso o maltrato”.

En cuanto al argumento del Bloque Justicialista, que manifestó la oposición al proyecto por razones presupuestarias, Martínez planteó: “no acepto ni voy a aceptar que sigamos escapando a la responsabilidad del estado provincial, realizando congresos, encuentros y reuniones que, aunque importantes, cada vez son más improductivas porque no tienen ninguna eficacia práctica en la vida de las personas que mueren asesinadas, o que quedan mutiladas, o que son aniquiladas en su estructura de la personalidad, por esto de lo que nadie quiere hablar o de lo que nadie se quiere hacer cargo, que es la violencia de género”.

En ese sentido, añadió que “el protocolo es un criterio para que la autoridad competente aborde una problemática y es, además, un instrumento de estadística, una alta funcionaria hablaba de la cantidad de femicidios en Bangladesh, en China, y acá no tenemos datos, no tenemos estadísticas y no tenemos prevención, no tenemos detección precoz, esto no le cuesta grandes recursos al estado porque el Ministerio de Salud tiene un sector de estadística, tiene personal capacitado”. El legislador se mostró satisfecho por la decisión de la Legislatura, “estamos dando un paso importante con propuestas, con escaso costo para el estado provincial, y en el tema de violencia contra la mujer un paso concreto puede ser mucho más importante que dos o tres congresos”.

http://www.chacoonline.com.ar/noticia/nro_nota,13541

SEMILLAS, ABORTOS Y CONSOLADORES

Extracto de "Las joyas de la reina", nota de Angel Berlanga publicada en RADAR, Diario Página 12, Domingo, 28 de marzo de 201, disponible en:

http://www.pagina12.com.ar/diario/suplementos/radar/9-6028-2010-04-03.html


(...) Schávelzon cuenta que Buenos Aires tuvo, como muchas ciudades de América latina o del mundo, construcciones bajo tierra con distintas funciones. “Era absolutamente normal –explica–. La tecnología soluciona hoy muchas necesidades elementales que antes también existían. En verano, al no poder generar frío, se te pudría la comida y entonces había que encontrar la forma de mantener las cosas a cierta temperatura, estable más que fría. Un sótano era perfecto para eso. Hasta yo conocí el sótano en el que la abuelita guardaba mermeladas y carnes. Cuando aparece la cisterna de un aljibe de una familia de dinero, que por ahí tiene siete metros de alto, cinco de ancho y un agujero finito para meterse, que estuvo más de un siglo cerrada, se desata el imaginario: alguno se asusta, dice uh, dónde va esto, ¿saldrá hasta el Machu Picchu? Son pocos los que se meten a limpiarla y a estudiarla. Los pozos de basura se hacían en el fondo y ahí se tiraba hasta que se llenaban; luego se hacía otro, al lado. Hay casas antiguas que tienen seis u ocho, llenos, y es sensacional, porque tenés toda la historia de una familia. Hoy sería muy loco tener en el fondo de tu casa una fosa con olor a basura, pero por entonces no había otra forma: era eso o la vereda.”

En los trabajos realizados en la casa de Alsina 455, que perteneció a María Josefa Ezcurra, cuñada de Rosas, Schávelzon encontró algo que en principio le generó curiosidad y luego asombro. “En el pozo de basura de esa casa aparecieron semillas de todo tipo: la gente comía un tomate o una sandía y ahí tiraban las semillas –cuenta–. Eso se manda a una persona especializada en identificarlas, que con el microscopio te puede decir qué es cada cosa. Y había unas que, si bien son muy comunes en el arbolado de Buenos Aires, no sabíamos qué hacían ahí, junto a la comida. Y entonces se nos ocurrió ver si no tenían alguna función que no fuera ornamental o alimentaria. Porque había muchas. Bueno: resulta que era un abortivo. Eso nos permite pensar que alguien en esa casa, entre 1801 y 1820, abortó o intentó abortar. Qué pasó, cómo y quién fue, no lo sabremos; pero esas semillas dan la pauta de que la gente intentaba resolver los problemas de su vida cotidiana de la forma que podía. No sé cuán eficiente era eso, yo no las probé”, se ríe Schávelzon. ¿Y descartan que parte del arbolado al que refiere fuera a parar a la basura? “Es que estaban muy mezcladas con restos de alimentos, huesos, etc. –responde–. Y si fuera del arbolado estaría el resto, no sólo las semillas. Además el arbolado en Buenos Aires es posterior, surge con Sarmiento. Podían haber llegado volando dos o tres, con el viento, pero no en esa cantidad, y en un contexto básicamente de restos de cocina.”
Por sobre objetos puntuales a Schávelzon le interesa centrarse en algo que era inimaginable en esta ciudad, dice, en 1985, cuando hizo la primera excavación: que debajo de la ciudad hubiera arqueología. “Incluso hoy quedan profesionales que todavía piensan que estos hallazgos no tienen valor ni significación, que en realidad no son más que cachivaches que quedaron por ahí –dice–. Acá abajo hay 400 y pico de años de historia, y con cada casa antigua que cae se va también lo que hay debajo, que ni siquiera sabemos qué era; a lo de arriba le podemos sacar una foto, pero a lo de abajo se lo lleva la máquina al volquete, y si no estás en ese momento, se fue. Acá hay cosas que nos hablan de nosotros y subsisten en condiciones estables, que pueden ser interpretadas. A la gente le llaman mucho la atención los objetos y hay algunos, por supuesto, que obviamente son extraños. Ahí Federico Andahazi se mandó un tomo con algo que encontré, unos objetos pornográficos, palos de madera.” En Bolívar 238, casa de la familia Cobo-Lavalle, Schávelzon encontró, además de juguetes, un telescopio, restos de rifles, tinteros, pinceles y también placas de porcelana con escenas sexuales y tres objetos fálicos de madera. Están datados entre 1860 y 1895. “Bueno, fantástico –sigue Schávelzon–. Andahazi se engancha y manda ahí toda una historia sobre su uso, averiguó quién era el carpintero que los hacía, buenísimo. Pero el objeto en sí no es importante, sino que de repente se abre una puerta a un tema como la vida sexual en una época de la cual no sabemos casi nada.” (...)

ARTICULO PUBLICADO EN REVISTA THC






THC- Año 4 Número 25 - Marzo 2010

OTRA DEUDA DE LA DEMOCRACIA

Por Martin Armada

Que 600 mil mujeres aborten anualmente en Argentina es para Verónica Marzano y Luciana Sánchez, del movimiento de Lesbianas y Feministas por la Descrimlnalización del Aborto (LFDA) una contundente encuesta de opinión para definir hacia donde tiene que girar la ley. "Ya no hay nada que discutir, acá hay una necesidad y una práctica concreta de las mujeres desde siempre”.


Para estas feministas no hay dudas ni tiempo para malgastar ante las escandalosas cifras oficiales: cada año mueren 100 mujeres y 68 mil terminan en hospitales fruto de las lesiones (de leves a severas) generadas en la práctica clandestina de un aborto.
“Lo importante es descriminalizar algo que pertenece al derecho de decidir sobre tu cuerpo y tu vida. Para los varones es difícil imaginar cómo un test positivo no deseado es un paso a la clandestinidad". El l° de Marzo, en la apertura de las sesiones parlamentarias, este grupo de mujeres se sumó al grueso de ese país real que la presidenta pedía ver. Ellas decidieron desplegar su bandera: "Prohibir el aborto es gorila". Sabían que, nuevamente la legalización del aborto no estaba en agenda y se plantaron. "Se trata de una deuda que la democracia tiene con las mujeres. Es una política pública que tiene que transformarse en derecho para todas”.

La LFDA abrió una línea directa para todas aquellas que quieran recibir información clara y veraz sobre aborto con medicamentos. Por día se comunican con ellas más de 25 mujeres. La droga en cuestión es el misoprostol y se utiliza hace 30 años, es una pastilla que produce contracciones en el útero produciendo el aborto (ver recuadro). Este método es el más utilizado en los países donde hace décadas la decisión de abortar es legal.

“La mujer que nos llama sabe que nosotras no somos médicos, sino mujeres que damos información y apoyo basadas en nuestras propias experiencias y en los criterios y recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud”. Para ser claros: estas mujeres reducen riesgos y acompañan a sus pares en una decisión donde se enfrenta la potestad de planificar sus vidas y una ley que, mediante los argumentos de ilegalidad, defiende las prácticas ilegales. Sin ir nada lejos, mientras en tele era noticia la chica violada en Comodoro Rivadavia a quien los jueces le negaban un aborto. se comunicaron con la LFDA varias mujeres de la misma ciudad. Cuando cortaron sabían cómo abortar si esa era su decisión. "Nuestra política no es solidaria, es un acto subersivo. Que se sepa: las mujeres abortamos y no lo hacemos, como dicen, por irresponsables, sino por todo lo contrario: porque queremos decidir con libertad sobre nosotras mismas".

Obviamente los que no quieren prohibir el misoprostol ya están empezando a hacer un negocio lucrativo. "En el circuito legal la caja cuesta entre $ 250 y $ 300, en el mercado negro $100 cada pastilla. La legalización bajaría y regularía los precios”. lgualmente el negocio del mlsoprostol es un juego menor si se lo compara con tos números que manejan las clínicas clandestinas. Las estadísticas oficiales hablan de un aborto por minuto. lo que equivale a U$S 1.000.000 diarios. Sí, diarios. Es norma: detrás de toda prohibición florecen negocios multimillonarios y, en este caso particular, a cuenta y cargo de un solo género.


MISOPROSTOL. EL ABORTO LEGAL


El misoprostol es una droga que se utiliza hace más de 30 años en los países donde el aborto es legal y se lo considera la mejor opción para las mujeres. También puede encontrarse con los nombres Cytotec y Arthrotec.
El misoprostol produce contracciones del útero, por ello expulsa el producto del embarazo. Pueden registrarse calambres dolorosos, sangrado vaginal mayor al de una menstruación normal, náuseas, vómitos y diarrea.
Una mujer con la información adecuada sobre precauciones y usos de la droga puede abortar por sí misma, en su casa, hasta la 12ª semana de embarazo. La experiencia y los riesgos de un aborto causado por misoprostol son similares a los causados por un aborto espontáneo.
En Argentina, el medicamento es legal y, según LFDA, está reduciendo notablemente los casos de mujeres que necesitan asistencia médica por complicaciones. .
Cualquier médico o médica puede expedir una receta simple indicando el nombre genérico o marca, pero no el diagnóstico, dado que es confidencial por derecho.
El costo de una caja es de $250 a $300.
Para la OMS y la FLASOG [Federación Latinoamericana de Asociaciones de Obstetricia y Ginecología) las dosis apropiadas dependen del tiempo de embarao que, a su vez, condiciona los riesgos.
Usando correctamente el misoprostol 9 de cada 10 mujeres tienen abortos seguros.
El control médico, 10 días después del aborto, es mínimo, se trata de una ecografía que determina si el aborto fue completo o quedan aún restos de tejidos en el útero.

Informate mejor llamando a Línea Aborto: 011 156-664-7070 o escribí
a masinformacion.menosriesgos@yahoo.com.ar



Aborto libre, derechos humanos y obligaciones del Congreso Nacional

El 8 de marzo de 2010 el bloque de diputados/as de Nuevo Encuentro presentó su proyecto para consagrar el aborto libre hasta la semana 14 de embarazo como un derecho inalienable de todas las mujeres.

Es la primera vez en 27 años de democracia que un bloque partidario asume el compromiso de legalizar el aborto como política pública imprescindible para cumplir con los derechos humanos. Es también la primera vez que un partido político asume el desafío de ampliar el aborto legal hasta la semana 14 de embarazo, de acuerdo con los estándares internacionales vigentes.

Antes de este 8 de Marzo, día internacional de la mujer, el Congreso y los partidos políticos entendían la legalización del aborto como un tema "de conciencia": los bloques no toman posición como tales y "dejan que cada legislador/a vote según sus propias convicciones".

Bajo el maquillaje de las "alianzas transversales" fueron sepultados sin tratamiento más de 40 proyectos de legalización del aborto. Estos proyectos fueron presentados y acompañados por muchas Diputadas y Diputados junto a organizaciones sociales, ignoradas/os por sus propias/os compañeras/os de bloque. Y con ellos la justicia social para las mujeres, nuestro acceso universal a la salud, nuestros derechos humanos más básicos.

Legalizar el aborto es una medida de necesidad y urgencia, las mujeres abortamos clandestinamente en promedio 2 veces en nuestra vida, 500.000 abortos clandestinos por año, 1 aborto por minuto. Por lo menos 100 mujeres morirán este año como consecuencia directa y exclusiva de la prohibición del aborto. Según la OMS y el Comité de Derechos Humanos de Derechos Humanos de Naciones Unidas en los países donde el aborto se legalizó, inmediatamente las muertes bajaron a cero. El Congreso Nacional debe evitar estas muertes y terminar con la tortura de la clandestinidad y la impunidad de las muertes de más de 3000 mujeres pobres durante estos últimos 27 años.

Es una medida de justicia social y de redistribución de la riqueza. El negocio de la prohibición del aborto factura 1 millón de dólares diarios. Plata que proviene directamente de las horas trabajadas en condiciones de explotación por las mujeres más pobres y que va a los bolsillos monopólicos de pocos laboratorios y médicos. El aborto clandestino es una experiencia cotidiana para todas las mujeres, pero sólo las pobres nos morimos por abortos clandestinos mientras las ricas pagan hasta 5.000 pesos y más en consultorios y clínicas privadas.

Es una medida de igualdad de oportunidades. Garantizar la universalidad del derecho a abortar para todas las mujeres recoge los más altos estándares en materia de derechos económicos, sociales y culturales. Ampliar el acceso al aborto libre hasta la semana 14 de embarazo permite a una enorme cantidad de mujeres acceder al sistema de salud pública, acceso que hoy no existe.

Las y los legisladores tienen la responsabilidad de legislar para todas y de aprobar los proyectos de ley que garantizan la mayor igualdad de oportunidades para el acceso y ejercicio de los derechos humanos. Legalizar el aborto no es una cuestión de conciencia, es una cuestión de Estado que requiere el compromiso de los bloques partidarios.

El encuentro organizado hoy en la Cámara de Diputados por la Diputada Cecilia Merchán de Proyecto Sur es sin dudas un gran paso en esa dirección. Las Diputadas y diputados María Luisa Storani y Hugo Castañón (UCR), Liliana Parada, Victoria Donda, Cecilia Merchán (Proyecto Sur), Nelida Belous (Proyecto Progresista), se comprometieron a impulsar para este año la legalización del aborto ante unas 50 personas, representantes de organizaciones como la Secretaría de Género de la CTA, el Colectivo de Mujeres Juana Azurduy, Mujerío, Enredadas por el Derecho a Decidir, Conuranas, la Campaña Nacional por el aborto legal, seguro y gratuito, y Lesbianas y Feministas por la descriminalización del aborto.

También estuvieron presentes asesoras y asesores de las y los Diputados Marcela Rodríguez y Claudia Gil Lozano (CC), Virginia Linares, Gerardo Milman y Horacio Alcuaz (GEN), Jorge Cardelli y Pino Solanas (Proyecto Sur) y Vilma Ibarra (Nuevo Encuentro).

En este encuentro se acordó además realizar el 22 de Abril una Jornada sobre aborto con medicamentos en el marco de la Comisión de Salud de la Cámara y el 28 de mayo, Día Internacional de Acción por la Salud de la Mujer, un Parlamento de Mujeres para tratar la legalización del aborto.

Finalmente Martha Rosemberg, de la Campaña Nacional por el aborto legal, seguro y gratuito, anunció que el 16 de abril se presenta nuevamente en la Cámara de Diputados el proyecto de ley de la campaña, que cuenta con la firma de por lo menos una veintena de diputadas/os. Confirmó que este proyecto es idéntico al presentado años anteriores: propone legalizar el aborto hasta la semana 12 de embarazo.

LESBIANAS Y FEMINISTAS POR LA DESCRIMINALIZACIÓN DEL ABORTO

GACETILLA NUEVO ENCUENTRO - PROYECTO LEGALIZACIÓN


Gacetilla de prensa - Lunes 8 de marzo de 2010

Impulsan un proyecto de ley para legalizar el aborto hasta la semana catorce de embarazo.

Proyecto de Nuevo Encuentro para legalizar el aborto

Los diputados de Nuevo Encuentro Martín Sabbatella, Vilma Ibarra, Carlos Heller, Ariel Basteiro y Jorge Rivas, presentaron hoy –Día Internacional de la Mujer- un proyecto de ley para legalizar el aborto hasta la semana catorce de embarazo. “Es imprescindible que la legalización del aborto se instale definitivamente en la agenda legislativa de 2010”, señalaron los diputados nacionales, que se reunieron la semana pasada con Lesbianas y Feministas por la Descriminalización del Aborto (LFDA), una de las agrupaciones que impulsan la norma. “Venimos trabajando desde hace tiempo esta temática consultando opiniones de especialistas y de numerosas organizaciones de la sociedad civil”, expresaron desde el bloque de Nuevo Encuentro.

“Es necesario dinamizar los proyectos existentes, reforzando los consensos. Siempre hubo proyectos pero nunca llegaron a tener tratamiento en la Cámara -explicaron las
referentes de LFDA-. Este proyecto es muy importante porque propone legalizar el aborto hasta la semana 14 de embarazo, como se ha hecho recientemente en España. Si esta ley se aprueba en Argentina estaremos dando un paso gigante para cumplir los
derechos humanos de las mujeres”. En los últimos 25 años, se presentaron alrededor de 50 iniciativas al respecto.

Acerca del compromiso asumido por los diputados de Nuevo Encuentro, agregaron: “El compromiso de los sectores progresistas es fundamental. Son los únicos que pueden impulsar la legalización del aborto, que es un paso clave para terminar con la hipocresía, el negocio y la tortura que se realizan sobre los cuerpos de más de quinientas mil mujeres que abortamos cada año”.

En la reunión, que se llevó a cabo en la sede del Encuentro, estuvieron presentes Sabbatella e Ibarra de Nuevo Encuentro y las representantes del colectivo Lesbianas y
Feministas por la Descriminalización del Aborto, Verónica Marzano, Gabriela Díaz Villa y María Luisa Peralta.

Según el Ministerio de Salud de la Nación en Argentina cada minuto que pasa una mujer aborta de manera clandestina. Se producen entre 460.000 y 700.000 abortos clandestinos por año. En promedio cada mujer enfrenta en su vida por lo menos 2 abortos clandestinos.

Desde 1983 al menos 3.000 mujeres pobres han muerto como resultado de la prohibición del aborto. Aún hoy, la prohibición del aborto sigue estando entre las primeras causas de muertes evitables de mujeres embarazadas en el país.

Más información y contactos:
156589-8885 - 154449-1117 - prensasabbatella@partidoencuentro.org.ar
www.partidoencuentro.org.ar - www.enmoronlohicimos.com

PROYECTO DE LEY - LEGALIZACIÓN DEL ABORTO HASTA LA SEMANA 14

Fuente: http://www.parlamentario.com/noticia-27380.html

Piden legalizar el aborto

El bloque Nuevo Encuentro presentó la iniciativa en Diputados. En los últimos 25 años se presentaron más de 50 proyectos en ese sentido, sin que prosperara ninguno.


En el Día Internacional de la Mujer, los diputados de Nuevo Encuentro Martín Sabbatella, Vilma Ibarra, Carlos Heller, Ariel Basteiro y Jorge Rivas, presentaron un proyecto de ley para legalizar el aborto hasta la semana catorce de embarazo.

“Es imprescindible que la legalización del aborto se instale definitivamente en la agenda legislativa de 2010”, señalaron los diputados nacionales. Agregaron que “venimos trabajando desde hace tiempo esta temática consultando opiniones de especialistas y de numerosas organizaciones de la sociedad civil”.

Los legisladores puntualizaron que “es necesario dinamizar los proyectos existentes, reforzando los consensos. Esta iniciativa es muy importante porque propone legalizar el aborto hasta la semana 14 de embarazo, como se ha hecho recientemente en España. Si esta ley se aprueba en Argentina estaremos dando un gran paso respecto de los derechos humanos de las mujeres”.

En los últimos 25 años, se presentaron alrededor de 50 iniciativas al respecto, todavía sin resolución.

Según el Ministerio de Salud, en Argentina se estima que se producen alrededor de 400.000 abortos clandestinos por año y esta práctica es una de las principales causas de mortalidad materna.

El proyecto

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,…

Artículo 1º.- Toda mujer puede decidir la interrupción voluntaria del embarazo en cualquiera de las siguientes circunstancias:

1. antes de las catorce semanas de gestación;

2. si el embarazo es producto de la comisión de un delito contra la integridad sexual, mientras sea inviable la vida del feto con independencia del cuerpo de la mujer.

3. si existe peligro para la vida o la salud de la mujer; entendiéndose a la salud conforme la define la Organización Mundial de la Salud como el estado de completo bienestar físico, mental y social, y no como la mera ausencia de enfermedades;

4. si se ha diagnosticado médicamente la inviabilidad de vida extrauterina;


Artículo 2º.- La interrupción voluntaria del embarazo, realizada en concordancia con lo dispuesto en la presente ley, sólo podrá ser ejercida por un profesional o equipo de profesionales médicos y será considerada, a todos los efectos, como una práctica médica sujeta a las responsabilidades previstas en las leyes que regulan el arte de curar.

Artículo 3º.- El médico al que se le solicite la interrupción voluntaria del embarazo deberá informar, de manera clara y acorde a la capacidad de compresión de cada mujer sobre:

a) la posibilidad de interrupción voluntaria del embarazo según las condiciones de la presente ley;
b) las características de la intervención, riesgos y evolución previsible;
c) el servicio de consejería previo y posterior a la interrupción voluntaria del embarazo, previsto en el artículo 8º de la presente ley.

Si la decisión de la mujer es la interrupción voluntaria del embarazo el médico deberá registrar en la historia clínica el cumplimiento de su deber de informar así como la decisión de la mujer, adjuntando el consentimiento informado a través de una declaración de voluntad de la mujer autorizando la intervención.

El consentimiento informado como instrumento cuya finalidad es garantizar los derechos de las pacientes no podrá interpretarse como un modo de dificultar el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo previsto en la presente ley.

Artículo 4º.- Si se trata de una mujer declarada incapaz en juicio se requiere el consentimiento informado prestado por su representante legal.

Si se trata de una mujer menor de 14 años de edad, se requerirá el consentimiento de al menos uno de sus representantes legales. En todos los casos la niña deberá ser oída y se considerará primordial la satisfacción del interés superior del niño en el pleno goce de sus derechos y garantías consagrados en la Convención Internacional de los Derechos del Niño (Ley 23.849).

Artículo 5º.- Las prestaciones necesarias para la interrupción voluntaria del embarazo realizada en los términos de la presente ley serán incluidas en el Programa Médico Obligatorio -o el que lo reemplace- y contarán con la cobertura total y gratuita de todos los servicios de salud del subsector estatal, de obras sociales y privado.

Artículo 6º.- Los médicos o personal auxiliar del sistema de salud que tengan objeciones de conciencia para intervenir en los actos médicos necesarios para la interrupción voluntaria del embarazo, deberán comunicarlo a las autoridades de los establecimientos a los que pertenecen dentro de los treinta días contados a partir de la promulgación de la presente ley. Quienes ingresen posteriormente, deberán manifestar su objeción en el momento en que inician sus actividades en el establecimiento. El ejercicio del derecho de objeción de conciencia no tendrá consecuencia laboral alguna.

Los profesionales y auxiliares que hubieran manifestado a las autoridades de los establecimientos su voluntad de ejercer la objeción de conciencia con respecto a los actos médicos necesarios para la interrupción voluntaria del embarazo que en ellos se practiquen, deberán respetar dicha postura en todo ámbito, público o privado, en que ejerzan su profesión.

La existencia de objetores de conciencia no exime de responsabilidad, respecto de la realización de las prácticas requeridas, a las autoridades del establecimiento de salud que corresponda, quienes están obligados a disponer las medidas necesarias para garantizar el ejercicio del derecho de la mujer a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo en los términos de la presente ley.

Artículo 7º.- El Ministerio de Salud de la Nación será la autoridad de aplicación de la presente ley.

Artículo 8º- El Ministerio de Salud de la Nación reglamentará, en el marco del Programa Nacional de Salud Sexual y Reproductiva creado por ley 25.673, la implementación del servicio de consejería previo y posterior a la interrupción voluntaria del embarazo de conformidad con el cumplimiento de los objetivos de dicha ley.

Artículo 9º.- No se requerirá la intervención o autorización de ninguna autoridad judicial o administrativa para practicar la interrupción voluntaria del embarazo regulada por la presente ley. La única autorización que se requiere es el consentimiento informado de la mujer o su representante legal, conforme los artículos 3º y 4º de la presente ley.

Artículo 10.- En ningún caso será punible la mujer que causare la interrupción de su propio embarazo o consintiere en que otro se la causare.

Artículo 11.- Modifícase el artículo 85 del Código Penal, que quedará redactado de la siguiente forma:

"Artículo 85.- El que causare la interrupción de un embarazo será reprimido con reclusión o prisión de tres a diez años, si obrare sin consentimiento de la mujer. Esta pena podrá elevarse hasta quince años, si el hecho fuere seguido de la muerte de la mujer.

Si la conducta reprimida en este artículo la realizaran médicos, parteras o farmacéuticos que abusaren de su ciencia o arte, sufrirán, además, inhabilitación especial por doble tiempo que el de la condena".

Artículo 12.- Deróganse los artículos 86 y 88 del Código Penal.

Artículo 13.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

El presente proyecto que propicia la despenalización y el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo, reconoce como antecedente el proyecto de ley registrado como expediente 761-D-08. Sobre el mismo se han trabajado algunas modificaciones vinculadas, en término generales, con los avances nacionales e internacionales en políticas públicas, legislación y derechos humanos.

Se transcriben a continuación parte de los fundamentos del proyecto referido y se agregan nuevos a fin de actualizar y adecuar aquellos al texto de la presente iniciativa. La exposición de motivos que ameritó la presentación de aquella, comenzaba con el debate internacional sobre los derechos sexuales y reproductivos y la situación de nuestro país en relación con los avances en la materia.

"Cuando se aborda el tema del aborto y la forma en que el mismo es tratado por nuestra legislación, es fundamental hacer referencia a la historia de la salud y los derechos sexuales y reproductivos en nuestro país. En primer lugar, hay que mencionar que hasta la década del noventa, no se habló, o mejor dicho se prohibió hablar, de salud sexual y reproductiva y los derechos correspondientes (diez años después de que el tema cobrara relevancia internacional). Por un lado, tanto el gobierno de Isabel Perón en 1974, como la dictadura militar en 1977, emitieron decretos que prohibían y eliminaban las actividades vinculadas al 'control de natalidad'. Recién en el año 1986, se dejaron sin efecto dichos decretos y de esa forma se eliminaron las prohibiciones sobre los servicios públicos de salud y las obras sociales en relación al tema. Esto ocurrió un año después de que el Congreso Nacional ratificara la Convención sobre Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW), pero el final de la vigencia de normas prohibitivas no significó la inmediata implementación de acciones positivas al respecto. Puede mencionarse en ese sentido, que fue en el año 1988 cuando la entonces Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, implementó el Programa de Procreación Responsable.

El año 1994 fue históricamente relevante para los derechos de las mujeres. Por un lado, en cuanto a nuestro país, y a partir de la reforma constitucional, se incorporó la mencionada convención al texto de la Carta Magna, y por otro lado, en el ámbito internacional, se realizó la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo (CIPD) reunida en El Cairo, en la cual se elevó a nivel de compromiso internacional la atención a la salud sexual y reproductiva y el respeto a los derechos correspondientes, y se estableció un 'programa de acción', considerablemente ambicioso pero al que es pertinente aclarar que nadie está obligado; sí resulta un compromiso moral, suscripto por gobiernos, entre ellos el argentino, organizaciones civiles y organismos internacionales. En el año 1995, se realizó la V Cumbre Mundial de la Mujer en Beijing. Ambas conferencias internacionales constituyen avances fundamentales en la consideración de los derechos sexuales y reproductivos como derechos humanos de las mujeres.

Cabe entonces señalar que Argentina firmó los documentos emanados de dichos eventos, comprometiéndose a llevar adelante acciones que promuevan la salud de las mujeres y en particular, su salud sexual y reproductiva, así como los derechos pertinentes.

Como consecuencia de lo expuesto, el aborto no puede considerarse por fuera de los compromisos asumidos por nuestro país, o sin enmarcarse en el debate sobre la salud sexual y reproductiva y los derechos de las mujeres. En este sentido, cabe citar el Párrafo 8.25 del Programa de acción de la Conferencia Internacional sobre Población respecto al aborto: 'En ningún caso se debe promover como método de planificación de la familia. Se insta a todos los gobiernos y a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales pertinentes a incrementar su compromiso con la salud de la mujer, a ocuparse de los efectos que en la salud tienen los abortos realizados en condiciones no adecuadas como un importante problema de salud pública y a reducir el recurso del aborto mediante la prestación de más amplios y mejores servicios de planificación familiar. Las mujeres que tienen embarazos no deseados deben tener fácil acceso a información fidedigna y a asesoramiento comprensivo (...) En los casos en que el aborto no es contrario a la ley, los abortos deben realizarse en condiciones adecuadas. En todos los casos las mujeres deberían tener acceso a servicios de calidad para tratar complicaciones derivadas de abortos. Se deberían ofrecer con prontitud servicios de planificación de la familia, educación y asesoramiento postaborto que ayuden a evitar la repetición de los abortos.'. Asimismo, en la Conferencia de Beijing mencionada más arriba, la delegación argentina participó del consenso para adoptar el párrafo 106 k) de la Plataforma de Acción que recomienda a los gobiernos considerar la posibilidad de revisar el derecho que impone sanciones a la mujer que comete un aborto. Dice el párrafo mencionado en cuanto a medidas recomendadas a los gobiernos: 'k) A la luz de lo dispuesto en el párrafo 8.25 del Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo...', citado anteriormente, '...considerar la posibilidad de revisar las leyes que prevén medidas punitivas contra las mujeres que han tenido abortos ilegales.'.

Teniendo en cuenta lo expresado, cabe referirse a la situación en que se encuentra nuestro país, ya que también el Comité instituido por la Convención sobre Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW), con facultades de control, seguimiento y evaluación del cumplimiento de las obligaciones asumidas por los Estados parte en el tratado, en el año 1997, recomendó al gobierno argentino revisar la legislación sobre el aborto. El Estado no ha respondido entonces, ni lo ha hecho hasta la actualidad.
Asimismo, también el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, órgano supervisor de la aplicación del Pacto de Derechos Civiles y Políticos (1966) y sus Protocolos por parte de los Estados Partes, realizó las siguientes recomendaciones a la Argentina en relación al aborto, en el año 2000: '...14. En cuanto a los derechos relacionados con la salud reproductiva, preocupa al Comité que la criminalización del aborto disuada a los médicos de aplicar este procedimiento sin mandato judicial incluso cuando la ley se lo permite, por ejemplo, cuando existe un claro riesgo para la salud de la madre o cuando el embarazo resulta de la violación de una mujer con discapacidad mental...' y continúa, '...El Comité recomienda que el Estado Parte tome medidas para aplicar la Ley de salud reproductiva y procreación responsable de julio de 2000, gracias a la cual se dará asesoramiento sobre planificación familiar y se dispensarán contraceptivos con objeto de ofrecer a la mujer verdaderas alternativas. El Comité recomienda además que se reexaminen periódicamente las leyes y las políticas en materia de planificación familiar. Las mujeres deben poder recurrir a los métodos de planificación familiar y al procedimiento de esterilización y, en los casos en que se pueda practicar legalmente el aborto, se deben suprimir todos los obstáculos a su obtención. Se debe modificar la legislación nacional para autorizar el aborto en todos los casos de embarazo por violación.’

Es claro, por lo tanto, que la revisión de la normativa no sólo no se vincula, sino que es opuesta, a la consideración del aborto como método de planificación familiar. Teniendo en cuenta lo expuesto hasta aquí, es oportuno dejar planteado entonces que el debate sobre el tratamiento normativo del aborto debe realizarse en el marco de la consideración de los derechos humanos, en el que están involucrados el respeto a la autonomía, a la salud integral, a la dignidad, entre otros. Los derechos humanos de las mujeres requieren la consideración de los derechos acordes a su especificidad sexual y reproductiva."

Se avanzaba entonces en los fundamentos con la necesidad de una revisión normativa y de impulsar una propuesta que incorporara, en principio, dos circunstancias de no punibilidad del aborto, ampliando las ya previstas en el artículo 86. Por un lado, cuando hubiere ocurrido el embarazo como consecuencia de un delito contra la integridad sexual, y por otro cuando fuera un embarazo con diagnóstico médico de inviabilidad de vida extrauterina del feto.

“Actualmente, el artículo 86 del Código Penal, pena con reclusión o prisión de uno a cuatro años e inhabilitación especial por el doble tiempo que el de la condena, a los médicos, cirujanos, parteras o farmacéuticos que abusaren de su ciencia o arte para causar el aborto o cooperaren a causarlo. A su vez, establece dos excepciones a la prohibición de realizar abortos; si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios; si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento legal debe ser requerido para el aborto.

En cuanto a la mujer que causare su propio aborto o consintiere en que otro se lo causare, el artículo 88 del Código Penal establece que será reprimida con prisión de uno a cuatro años. En virtud de este mismo artículo, la tentativa no es punible.

La incorporación de estos dos supuestos, ampliaría los casos en que el aborto no es punible, dando respuesta a las recomendaciones recibidas internacionalmente y a cuestiones que hacen a la problemática que nuestro país enfrenta en cuanto al aborto.
¿Cuáles eran esas problemáticas? ¿Cuáles son esas problemáticas?
Repasemos y actualicemos los datos que echan luz sobre ellas.

En nuestro país, como en la mayor parte de los países de América Latina y el Caribe, el aborto es considerado un delito, excepto en los dos casos mencionados.

También es en dicha región donde se concentran gran cantidad de muertes maternas, entre cuyas principales causas se encuentran las complicaciones por abortos inseguros. Según aproximaciones realizadas se llega a una cifra de alrededor de 10.000 muertes por aborto por año en América Latina; el 21% de las muertes maternas en América Latina es por abortos inseguros. El lugar que el aborto ocupa entre las causas de muerte varía en los distintos países. Teniendo en cuenta esta variación es posible estimar que ocurren entre y 250 muertes por cada 100.000 abortos. En promedio, en los países donde el aborto es legal, la cifra es de 0,6 por cada 100.000 interrupciones del embarazo (Organización Mundial de la Salud, 1998).”

En cuanto a lo que ocurre en nuestro país, las complicaciones del aborto constituyen una de las principales causas de muerte materna, siendo el 25% del total, y representado el 1,1 de la tasa de mortalidad materna en Argentina que asciende a 4,4 (Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación –Año 2007-. Dirección de Estadísticas e Información de Salud, Anuario Estadísticas Vitales. Diciembre de 2008).

“Asimismo, "la hospitalización por aborto se ha incrementado en nuestro país en un 57% desde 1995 a 2000 y el 40% de ellas corresponde a mujeres menores de 20 años. Considerando que la mortalidad representa apenas la punta del iceberg, estos datos de hospitalización confirman la magnitud del problema. Debe tenerse en cuenta, por otra parte, que esta cifra corresponde sólo al sector público, ya que el sector privado no reporta datos." (Ministerio de Salud y Ambiente, 2005. "Guía para el mejoramiento de la atención post-aborto"). Puede decirse, por lo tanto, que este tema constituye un problema de salud pública, aunque este proyecto no se aboque específicamente a resolverlo en su complejidad."

Los fundamentos a partir de allí avanzan sobre el proyecto como una respuesta integral al problema de salud pública y derechos humanos que representa la penalización del aborto, y como un intento de revertir las consecuencias que la criminalización del aborto, al volver clandestina esa práctica, representa también para los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, y al alarmante y creciente número de abortos clandestinos que se practican.

“Hay evidencia irrefutable a nivel internacional que ejemplifica que la despenalización y regulación del acceso aborto ha sido un avance en tanto ha significado la fuerte reducción de las muertes maternas, y no han aumentado las tasas medias de abortos, y en algunos casos, han disminuido. Como dije también en la anterior oportunidad, "Nadie está a favor del aborto y en particular ninguna mujer, por su capacidad de engendrar vida. Sólo, seguramente, quienes lucran con el aborto, propician su práctica.".

En el caso de Suiza, la despenalización del aborto ocurrió en el año 2001 y la evolución de la tasa anual de abortos fue la siguiente: 8.4 (1996), 7.5 (2001) y 7.5 (2002) por mil mujeres en edad fértil. El caso de Suiza también es puesto como ejemplo en los fundamentos del proyecto que, el pasado 27 de septiembre de 2005, la Secretaría Especial de Políticas para las Mujeres (SPM) de la República de Brasil entregó a la Presidenta de la Comisión de Seguridad Social y Familia de la Cámara de Diputados, resultado de los trabajos de la Comisión Tripartita creada en abril de ese mismo año, por la SPM, para revisar la legislación punitiva de la interrupción voluntaria del embarazo.

Según informa la SPM, dicho trabajo prevé que: "..."toda mulher tem o direito à interrupção voluntária de sua gravidez, realizada por médico e condicionada ao consentimento livre e esclarecido da gestante". Assegura a interrupção voluntária da gravidez nas seguintes condições: até 12 semanas de gestação; até 20 semanas, no caso de gravidez resultante de crime contra a liberdade sexual (estupro); no caso de diagnóstico de grave risco à saúde da gestante; e no caso de diagnóstico de má-formação congénita incompatível com a vida ou de doença fetal grave e incurável. Pelo texto, a realização do aborto fica assegurada no âmbito do sistema único de saúde e determina a sua cobertura pelos planos privados.".
(http://200.130.7.5/spmu/destaques/comissao_gravidez/comissao_28_09.htm).

En una publicación producida por la misma SPM a raiz del panel en que se debatió la revisión de legislación punitiva sobre la interrupción voluntaria del embarazo, se adjunta un gráfico que esclarece el efecto de la mortalidad por abortos inseguros sobre la mortalidad materna, tomando el caso Rumania (el mismo puede consultarse en Stephenson et al. AM J Public Health, 1992). Puede resumirse ese gráfico diciendo que en el período de tiempo que va desde 1960 a 1990, las muertes maternas aumentan o disminuyen condicionadas directamente, cada vez más a medida que avanza el tiempo, por la mortalidad como consecuencia de abortos inseguros, mientras las otras causas de muertes maternas disminuyen a lo largo de todo el período.

En esa misma publicación se encuentra un gráfico vinculado con las tasas de abortos en diversos países, tomando como variables el acceso al aborto legal, la educación sexual y anticoncepción. Las conclusiones son muy interesantes. En los países con tasas de aborto de entre 6.5 y 7.6 por 1000 mujeres en edad fértil, como Holanda, Bélgica y Alemania, las mujeres tienen acceso al aborto legal, al uso de anticonceptivos y a una educación sexual amplia. En los países que como Colombia, Chile y Brasil las mujeres sólo tienen acceso al uso de anticonceptivos, las tasas son de entre 36.3 y 40.8.

Podríamos considerar que Argentina se encuentra en el segundo grupo de países, y que deberíamos realizar todas las acciones necesarias para que las tasas se acercaran a las del primer grupo de países. Es por ello también que se considera conveniente el impulso de este proyecto, así como reafirmar la importancia del Programa creado por la Ley Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, 25.673.

No hay dudas de que mediante la despenalización del aborto no se promueve su práctica, sino el reconocimiento de los derechos sexuales, reproductivos y la salud integral de las mujeres como derechos humanos, y se termina con la práctica clandestina del aborto.

La misma certeza tenemos en la actualidad sobre la necesidad de despenalizar y regular el acceso al aborto para no seguir poniendo en riesgo la salud y la vida de las mujeres, en tanto la criminalización lleva inevitablemente a la clandestinidad de las prácticas, a abortos sin los cuidados profesionales, éticos y humanos que corresponden y en condiciones de salud precarias, y de ninguna manera la criminalización ha orientado la conducta de las mujeres. Dicho de otro modo, la criminalización del aborto no reduce su número, sino que estos se siguen practicando en condiciones clandestinas con riesgos graves para la salud de la mujer, y en un número importante con el resultado muerte.”

En este sentido es importante destacar que el pasado 17 de junio de 2009
el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas emitió la Resolución 11/08 sobre la mortalidad y morbilidad materna prevenible y los derechos humanos. Allí el Consejo “Reafirmando la Declaración y la Plataforma de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo y sus conferencias de examen y las metas y los compromisos respecto de la reducción de la mortalidad materna y el acceso universal a la salud reproductiva, en particular los que figuran en la Declaración del Milenio de 2000 (resolución 55/02 de la Asamblea General) y en el Documento Final de la Cumbre Mundial de 2005 (resolución 60/01 de la Asamblea General); Reafirmando también los Objetivos de Desarrollo del Milenio, en particular los relativos al mejoramiento de la salud materna…”, resolvió “1. Expresar grave preocupación por la tasa mundial inaceptablemente alta de mortalidad y morbilidad materna prevenible y señalar a ese respecto que la OMS a calculado que más de1500 mujeres y niñas mueren todos los días como resultado de complicaciones prevenibles que aparecen antes, durante y después del embarazo y el parto y que, en el ámbito mundial, la mortalidad materna es la principal causa de muerte entre las mujeres y niñas en edad reproductiva; 2. Reconoce que la mayoría de los casos de mortalidad y morbilidad materna son prevenibles y que la mortalidad y morbilidad materna prevenible supone un problema de salud, desarrollo y derechos humanos que también exige la promoción y protección efectiva de los derechos humanos de las mujeres y niñas, en particular su derecho a la vida, a ser iguales en dignidad, a la educación, a ser libres para buscar, recibir y difundir información, a gozar de los beneficios del progreso científico, a esta a salvo de la discriminación y a disfrutar del nivel más alto posible de salud física y mental, incluida la salud sexual y reproductiva.”.

En este marco, la importante proporción de muertes prevenibles que surgen relacionadas con la clandestinidad del aborto y que agravan la tasa de mortalidad materna de nuestro país y sus desigualdades entre jurisdicciones, debieran permitirnos reflexionar sobre los efectos evitables de la penalización del aborto.

“Una última cifra es conmovedora, el 13% de las muertes maternas en el mundo se debe a abortos inseguros. Teniendo en cuenta este último dato y sabiendo que el 61% de las mujeres del mundo vive en países donde el aborto está permitido, nuestro país debería sumarse a aquellos que posibilitan disminuir la cantidad de mujeres que conforman el restante 39% sobre las que ocurren las muertes maternas por abortos inseguros.

Es por todo lo expuesto que el presente proyecto establece la despenalización y regulación del acceso a la interrupción voluntaria del embarazo, penalizando sólo la interrupción realizada sin el consentimiento de la mujer -con una pena agravada en caso de muerte de la misma-, y si la interrupción sin consentimiento la realizaren médicos, parteras o farmacéuticos, dispone su inhabilitación especial por el doble tiempo de la condena. Para ello se propone la derogación de los artículos 86 y 88 del Código Penal (artículo 12) y la modificación del artículo 85 (artículo 11).”

A continuación los fundamentos de la iniciativa legislativa tomada como antecedente del presente se refieren al articulado del proyecto, lo cual se hace también a partir de aquí, adecuándose a las modificaciones que se han introducido.

Se consagra en el artículo 1º, entonces, el derecho de toda mujer a decidir la interrupción voluntaria del embarazo en cualquiera de las siguientes circunstancias - previstas en función de los plazos de gestación y de la salud de la mujer y el feto-: antes de las catorce semanas de gestación; si el embarazo es producto de la comisión de un delito contra la integridad sexual, mientras sea inviable la vida con independencia del cuerpo de la mujer; si existe peligro para la vida o la salud de la mujer; si se ha diagnosticado médicamente la inviabilidad de vida extrauterina. Respecto del primer supuesto, el establecimiento del plazo de catorce semanas, se corresponde con los avances en legislaciones de otros países, como la recientemente sancionada en España.

El artículo 2º regula el ejercicio del procedimiento en cuestión, estableciendo que el mismo sólo podrá ser realizado por un profesional o equipo de profesionales médicos, y que será considerado a todos los efectos como una práctica médica sujeta a las responsabilidades previstas en las leyes que regulan el arte de curar. El artículo 3º hace operativo el condicionamiento del procedimiento a la voluntariedad de la mujer, disponiendo los pasos y formas para asegurar que la interrupción se realice con el consentimiento informado de la gestante.

“El consentimiento informado constituye una exigencia ética y legalmente exigible a los miembros de la profesión médica, de autonomía del paciente, como un derecho básico derivado de la dignidad de la persona y de su derecho de autonomía. Por tanto, la información necesaria para prestar el consentimiento para una intervención médica no puede convertirse en un acto protocolarizado, que no atienda a las circunstancias específicas de cada paciente. La información así ofrecida no cumpliría con la función prevista en la ley, y el consentimiento así prestado no serviría al efecto previsto.”
(Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de España, “Informe al anteproyecto de ley orgánica de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo”, 2009, pág. 94.).

En consonancia con esta interpretación, dicho artículo establece que el médico al que se le solicite la interrupción voluntaria del embarazo deberá informar a la mujer sobre: la posibilidad de interrupción voluntaria del embarazo según las condiciones de la presente ley; las características de la intervención, riesgos y evolución previsible; el servicio de consejería previo y posterior a la interrupción voluntaria del embarazo, previsto en el artículo 8º del proyecto de ley.

Es importante que luego de presentar y explicarle a la mujer la información sobre los derechos que la asisten, el médico deja a la libre voluntad y autonomía de la mujer la decisión sobre la interrupción voluntaria del embarazo.

El artículo 4º prevé los consentimientos especiales, de los casos en que se trate de mujeres declaradas incapaces o de mujeres menores de 14 años de edad. En el primer caso se requiere el consentimiento de su representante legal, y en el segundo, tomándose como referencia las leyes 25.673 y 26.061 y sus decretos reglamentarios, la decisión se inscribe en el marco del ejercicio de los derechos y obligaciones de la patria potestad, considerándose primordial la satisfacción del interés superior del niño en el goce de los derechos y garantías consagrados en la Convención Internacional de los Derechos del Niño.

El proyecto también procura asegurar a las mujeres el acceso a los servicios y procedimientos para la interrupción del embarazo en la red de salud estatal, de las obras sociales y privada. Es por ello que, de acuerdo al artículo 5º, se incluyen las prestaciones necesarias para la interrupción del embarazo en el Programa Médico Obligatorio, o el que en el futuro lo reemplace, y se dispone la cobertura total de dichas prestaciones en todos los servicios de salud de cualquier subsector.

En concordancia con las disposiciones de la ley que procuran garantizar a las mujeres el ejercicio del derecho que regula el presente proyecto en los servicio de la red de salud de cualquier subsector, se incorporan -en el artículo 6º- los criterios básicos para que los médicos o personal auxiliar de cualquier efector del sistema de salud, puedan ejercer el derecho de objeción de conciencia respecto a los actos médicos necesarios para la interrupción voluntaria del embarazo.

El primer criterio es que la manifestación de la objeción de conciencia debe sostenerse en todos los establecimientos o ámbitos en que se ejerzan las prácticas objetadas. Es importante evitar cualquier posibilidad de ejercer una doble moral, una para el ámbito público y otra para el ámbito privado. Quien es objetor de conciencia debe serlo en todos los ámbitos donde ejerza. El segundo criterio es que el derecho subjetivo de las personas, en este caso los médicos y auxiliares, no puede limitar en modo alguno los derechos de quienes solicitan la práctica. Por lo tanto, los establecimientos, como instituciones de salud, están obligados a disponer las medidas necesarias para garantizar el ejercicio del derecho de la mujer a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo en los términos de la presente ley.

Se ha expresado y ejemplificado a lo largo de estos fundamentos que en el reconocimiento de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, y en particular con relación a la prevención de la morbi-mortalidad materna por abortos inseguros, además de revertir la clandestinidad de esas prácticas, es fundamental la prevención de embarazos no deseados, es decir el acceso a métodos anticonceptivos, que junto con la educación sexual disminuyen las tasas de abortos. Y en consecuencia, se planteaba la necesidad de acompañar este proyecto de despenalización con un respaldo a la ley 25.673. Esto se traduce, en el artículo 8º del presente proyecto, en la implementación del servicio de consejería previo y posterior a la interrupción del embarazo, de conformidad con los objetivos de dicha ley.
El Ministerio de Salud, autoridad de aplicación de la ley según se propone -artículo 7º-, reglamentará en el marco del Programa Nacional creado por ley 25.673 la implementación de ese servicio de consejería.

Por último, es sabido que la modificación de la legislación es una condición necesaria pero no suficiente para garantizar la posibilidad de que las mujeres se realicen esta práctica sin encontrar obstáculos de diversos tipos. Es sabido que actualmente, aún en los casos permitidos, no es sencilla para las mujeres la accesibilidad para realizarse un aborto. Los artículos 9º y 10º responden a la intención de garantizar efectivamente el ejercicio de los derechos que establece esta ley.

El artículo 9º prevé expresamente que no es exigible la intervención de ninguna autoridad judicial o administrativa para practicar la interrupción voluntaria del embarazo en los términos de la presente ley, y el artículo siguiente, despeja cualquier duda sobre la no punibilidad de la mujer que causare la interrupción de su propio embarazo o consintiere que otro se la causare.

Concluyendo, se propone la despenalización y regulación del acceso al aborto partiendo del conocimiento real que dicha práctica se efectúa en forma clandestina.

Abordamos la temática como un grave problema de salud pública -que afecta a las mujeres- y del reconocimiento de los derechos sexuales, reproductivos y de salud integral de las mujeres como derechos humanos. En este sentido, la presente propuesta intenta contribuir a sincerar, modificar y superar los problemas vinculados con la criminalización del aborto.
En virtud de lo expuesto se propone la aprobación del presente proyecto de ley.